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Presentamos los costes de darse de alta como autónomo

Los costes de darse de alta como autónomo han de ser contemplados por todo aquel que haya apostado por el autoempleo como fórmula de obtención de sus ingresos.

A continuación, repasamos qué gastos han de afrontar quienes se han decantado por esta manera de trabajar.

Los gastos de los autónomos llegan tras el primer mes de la actividad

Efectivamente, quienes se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no van a pagar determinados costes obligatorios hasta que se haya cumplido el primer mes de su actividad económica.

Los trabajadores autónomos que no han constituido una Sociedad Limitada (SL) no tienen que hacer frente a los gastos de constitución de este tipo de sociedades. Su alta en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria es gratuita y no tienen que inscribir una empresa en el Registro Mercantil correspondiente ni realizar escrituras públicas ante notario. Por consiguiente, se ahorrarán estos gastos de constitución propios de las SL.

De todas maneras, que no hayan de abonar gastos de constitución no significa que no deban hacerse cargo, para que su negocio no infrinja la ley, de los distintos costes de mantenimiento de la actividad.

En las siguientes líneas, se detallan estos gastos.

1. Cuota de autónomo

Inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) implica tener que abonar cada mes la conocida como cuota de autónomos.

Esta, en comparación con los países del entorno comunitario, resulta alta. De hecho, a día de hoy va a costar a los autónomos que cotizan por la base mínima más de tres mil euros al mes, más allá de los ingresos que este trabajador esté obteniendo.

Cabe señalar, en este aspecto, que hay algunos colectivos, como los nuevos autónomos, que pueden beneficiarse de bonificaciones durante los primeros meses de pagar esta cuota. Un ejemplo de ello es lo que conocemos popularmente como tarifa plana de autónomos.

2. Liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) e Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Cada trimestre los autónomos deben presentar las declaraciones de los impuestos IVA e IRPF. En especial, destacamos la primera de ellas, que implica el pago del IVA que los clientes han abonado previamente en sus facturas.

3. Honorarios de los gestores

Tanto la constitución en autónomo como la realización de las liquidaciones trimestrales de impuestos, al igual que otros trámites y consultas, conllevan un pago por el asesoramiento técnico recibido en la gestoría o asesoría. Este desembolso, según los servicios contratados, alcanza cientos de euros al año.

Por último, tengamos en cuenta que, para que la empresa pueda empezar a generar la actividad económica que propicie los ingresos, va a ser necesario pagar determinados suministros, como la luz y el agua.

Otros gastos a afrontar, entre otros, pueden ser los relativos a los seguros, la publicidad… En resumidas cuentas, esta clase de gastos de primer mantenimiento dependerá del ámbito laboral al que se adscriba la empresa.

En definitiva, no hay que decantarse por emprender antes de haber analizado si compensan los costes de darse de alta como autónomo.

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