Los autónomos, como prácticamente todo el mundo sabe, son personas físicas que trabajan por cuenta…

Qué son los Falsos Autónomos. Concepto y consecuencias
En los últimos tiempos ha venido creciendo la figura del trabajador autónomo y, en algunos casos, se ha hecho de forma incorrecta para personas que realmente deberían estar dados de alta como trabajadores por cuenta ajena, estos son los denominados “ falsos autónomos ”.
A continuación, os informamos de algunos aspectos a tener en cuenta debido a la intensificación de inspecciones de trabajo que pueden afectarnos.
Índice de contenidos
Concepto de Falso Autónomo
Los falsos autónomos son trabajadores que están dados de alta como Trabajadores Autónomos ante Hacienda y Seguridad Social pero que, realmente, realizan sus servicios para una empresa como si fueran empleados normales por cuenta ajena.
Se denominan así porque, aunque se les considera autónomos de forma oficial, realmente esto es falso, ya que no poseen autonomía ni ajenidad en su trabajo, sino que dependen de las directrices impuestas por la empresa y actúan como empleados en realidad.
Aspectos a cuidar para no ser «falsos autónomos»
- Contrato prestación de servicios: es el primer documento que pide inspección de trabajo y debe reflejar libertad de organización del autónomo.
- Evitar la prestación de los mismos servicios con autónomos y personal laboral de la empresa.
- Retribución variable o precios pactados por servicios concretos, con bonificaciones y penalizaciones si se quiere. Hay que tener en cuenta que el autónomo es un empresario individual y, por tanto, arriesga en su negocio. Es importante que las facturas o las proformas sean elaboradas por el autónomo, no por la empresa.
- No debe haber manuales o informes de procedimientos de trabajo entregados al autónomo ya que implican subordinación.
- No deberían existir instrucciones por correo electrónico salvo la mera solicitud del servicio.
- Evitar la identificación externa común: tarjetas visita, uniformes etc.
- Medios materiales: No se entrega nada al autónomo ya que él debe disponer de todo lo necesario para hacer su trabajo. Si fuera necesario, debería ponerse a disposición a través de alquiler.
- Formación: no se debe impartir.
- Evitar órdenes de trabajo por cualquier medio que quede registrado.
- Respecto al horario, debe haber libertad de elección para el autónomo, dentro de unos plazos normales de realización del trabajo.
- El autónomo debe mostrar su propia marca y logo corporativo, independiente del de la empresa para la que realiza el servicio, en sus documentos, vehículos, etc.
- El autónomo debe poder trabajar para otras empresas y no tener exclusividad, así como libertad para faltar o rechazar servicios. Si llamo a un autónomo para un servicio y no puede atenderme, puede venir otra empresa o autónomo a darme el servicio.
Consecuencias de ser un Falso Autónomo
Inspección del trabajo
- Posibilidad de acta Infracción, con sanción de hasta 6.000€ por trabajador.
- Acta de Liquidación de Cuotas al Régimen General de los últimos 4 años de cotización a la Seguridad Social como si hubiera sido un trabajador.
Demanda de oficio TGSS de Laboralización
- Si se estima, conllevaría la integración del autónomo como trabajador de la empresa.
Demanda despido
- En este caso, el trabajador, debería tener derecho al abono de una indemnización por despido como un empleado normal de la empresa.
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