Un autónomo es una persona que desempeña una actividad económica por cuenta propia, es decir,…

¿Qué es el RETA?: Todo lo que debes saber
Todos los trabajadores por cuenta propia deben cumplir una serie de obligaciones. La más importante de todas y la primera de ellas es darse de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. ¿Qué debemos saber sobre este Régimen? ¿Cómo darse de alta? ¿Cuáles son las obligaciones más importantes? A continuación, detallamos toda la información.
Índice de contenidos
El RETA: todo lo que debes saber sobre este Régimen
Los trabajadores por cuenta ajena cotizan a la Seguridad Social por el Régimen General, mientras, los autónomos lo hacen en el Régimen de Autónomos.
Sujetos incluidos en el RETA
En el RETA están incluidas todas las personas que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad dineraria (a título lucrativo) sin que la misma esté sujeta a ninguna empresa.
Además de este perfil, deben ingresar en este Régimen:
- Colaboradores autónomos en negocios familiares.
- Escritores de libros.
- Trabajadores que ingresen el 75 % de sus ingresos de un mismo cliente.
- Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado.
- Comuneros o sociedades de bienes.
- Socios industriales y comanditarias.
Cómo darse de alta
En primer lugar, se debe cumplimentar el modelo TA0521. Se realiza en la Seguridad Social o por vía telemática (con firma electrónica). El alta debe realizarse 60 días antes del inicio de la actividad y, tras ello, realizar el alta en Hacienda.
No se comienza a pagar la cuota de autónomos hasta que no se cumpla la segunda alta, vía modelos 036 y 037.
Cuánto se cotiza en este Régimen
La base mínima de cotización es de 944,35 €, mientras que la máxima es de 4.070,10 €. La cuota de autónomos está fijada en 283,3 €, aunque para nuevos autónomos existe actualmente una tarifa plana el primer año por 60 €. Dependiendo de la situación de cada trabajador, las bonificaciones en la cuota se extienden dos o tres años más.
La obligación de cotizar a la Seguridad Social: quiénes están obligados a darse de alta
Aunque no existe una normativa clara, la Seguridad Social considera al trabajador por cuenta propia como «aquel trabajador que realiza de forma directa, persona y habitual una actividad económica«. Diversas sentencias del Tribunal Supremo han señalado que, si se llega al Salario Mínimo Interprofesional durante un año con la actividad realizada, se debe ser autónomo.
En el caso de que no se supere el SMI, te recomendamos consultar la situación económica y legal de cada persona.
Trámites a realizar: modificación o baja del Régimen de Autónomos
En primer lugar, se debe dar de baja del Régimen en Hacienda (a través del modelo 036 o 037) y, una vez completado el proceso, se debe proceder a la baja en la Seguridad Social (vía modelo TA.0521-V, cursando baja en el Régimen de Autónomos).
Para la modificación de datos (cambios de epígrafes, alta como operador intracomunitario, etc.) se debe proceder a modificar el modelo 036 – 037, el mismo donde se realizó el alta y se puede realizar la baja de autónomos.
El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. En este artículo del blog te hemos comentado qué es, cómo darse de alta, sus obligaciones y cómo realizar una baja. Si necesitas cualquier aclaración adicional sobre nuestros servicios de asesoría para autónomos, estamos a tu disposición.
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