La base reguladora de un autónomo es el índice empleado por la Seguridad Social para realizar el…

¿Puede un jubilado darse de alta como autónomo y cobrar la pensión?
La norma general establecía que no se puede estar cobrando una pensión de jubilación y trabajando a la vez, pero con el aumento de la esperanza de vida las cosas han cambiado.
Muchos jubilados necesitan seguir trabajando para complementar sus ingresos, por lo que para un jubilado darse de alta como autonomo ya no es algo tan raro.
Índice de contenidos
Cobrar una pensión de jubilación y ser autónomo
Un jubilado puede darse de alta en el régimen de autónomos sin que esto le impida cobrar la pensión. Esta situación es lo que se conoce como jubilación activa, pero tiene límites.
Condiciones a cumplir
En ningún caso se permite que los ingresos anuales obtenidos con el trabajo por el jubilado-autónomo superen la cuantía establecida en cómputo global anual para el salario mínimo interprofesional.
Tampoco debemos olvidar que no pueden compatibilizarse las situaciones de estar jubilado y ser autónomo si el interesado se ha jubilado antes de llegar a la edad legalmente establecida.
Caso de contratar empleado por cuenta ajena
Los últimos cambios en la ley de autónomos establecen que el autónomo jubilado puede seguir trabajando y cobrar el 100 % de su pensión si contrata al menos a un empleado por cuenta ajena.
Si no tiene ningún empleado, podrá igualmente estar jubilado y seguir trabajando por cuenta propia, pero solo percibirá un 50 % de la pensión de jubilación hasta que deje definitivamente la vida activa.
Ser titular de un negocio estando jubilado
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social reconoce la compatibilidad de cobrar una pensión por jubilación y seguir siendo titular de un negocio.
Lo que no es factible es que el jubilado lleve a cabo funciones de gestión, administración o dirección de la empresa. Es decir, puede ser titular del negocio, pero deberá contar con personal que se encargue de hacer las tareas necesarias para que la empresa funcione.
Estar jubilado y trabajar por horas
En la jubilación parcial o flexible, una persona que todavía no ha llegado a la edad legal de jubilación reduce su jornada y compatibiliza su nómina de asalariado con el cobro de una parte de la pensión de jubilación.
El interesado puede seguir en esta situación hasta que llegue a la edad de jubilación total. La empresa, por su parte, puede celebrar un contrato de relevo para cubrir la reducción de jornada.
Esta figura de jubilación parcial también es aceptada en el caso del trabajador autónomo. Nos podemos encontrar con autónomos que en los últimos años de vida laboral deciden reducir su jornada de trabajo y compaginan sus ingresos con el cobro de una parte de su pensión de jubilación.
Una compatibilidad que es beneficiosa para el sistema
El sistema público de pensiones está en entredicho debido al notable aumento de pensionistas y la bajada de ingresos en la conocida como hucha de las pensiones.
Precisamente por ello, se está virando hacia un modelo más flexible que permita compaginar el cobro de todo o parte de la pensión de jubilación y a la vez seguir trabajando.
La mayoría de las pensiones por jubilación no son muy altas, por lo que para un jubilado darse de alta como autónomo puede ser una buena forma de complementar sus ingresos.
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