Un autónomo es una persona que desempeña una actividad económica por cuenta propia, es decir,…

Solicitar la prestación en caso de cese de actividad
El cese de actividad consiste en un proceso por el cual el trabajador o empresario deja de realizar sus actividades económicas durante un periodo de tiempo. En el caso de los trabajadores autónomos, en el momento en que se produzca el cese de actividad, tendrán derecho a recibir una prestación. Dicha prestación es de carácter obligatorio cuando el cese de actividad es total y consiste en una prestación económica mensual, comprendiendo, asimismo, las cotizaciones a la Seguridad Social.
A lo largo de este post resumiremos cómo solicitar la prestación en caso de cese de actividad y los requisitos que se exigirán.
Índice de contenidos
¿Cómo solicitar la prestación en caso de cese de actividad?
Dónde debe solicitarse
Pues bien, partiendo de la base de que se trata de un trabajador autónomo, la prestación deberá solicitarse ante la Mutua en la que el trabajador cubra las contingencias profesionales o, por otro lado, ante el Instituto Social de la Marina.
Cuándo debe solicitarse
Dicha solicitud podrá presentarse hasta el último día del mes siguiente en el que se produzca el cese de actividad. Si se presentara dicha solicitud una vez transcurrido el plazo, se le descontarán los días que hubieran transcurrido fuera de plazo.
Documentación a aportar
Es la Seguridad Social quien se encargará de dicha solicitud, que deberá acompañarse de la documentación que acredite que la actividad económica del trabajador ha cesado.
Periodo de tiempo de concesión
Dicha prestación se concederá durante un periodo de tiempo que dependerá del tiempo de cotización del trabajador que hubiera cesado en su actividad económica, atendiendo a los 48 meses anteriores a dicha situación.
La Administración establece que:
- si se hubiera cotizado entre 12 y 17 meses, dentro de los 48 meses anteriores al cese de la actividad, se recibirá la prestación durante un total de 4 meses, sin embargo,
- si se hubiera cotizado durante los 48 meses anteriores al cese de la actividad, se recibirá la prestación durante un total de 24 meses, es decir, dos años.
Cuantía de la prestación
Una de las preguntas más frecuentes en relación con esta prestación, es la cuantía de la misma. Pues bien, será del 70% de la base reguladora. Para calcular la base reguladora se realiza una media de las bases durante los 12 meses anteriores al cese de la actividad económica. Asimismo, se establecen unos máximos y mínimos en función del IPREM, es decir, del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
Requisitos para acceder a la prestación
Es importante señalar que, para acceder a dicha prestación, es necesario cumplir una serie de requisitos:
- Es imprescindible estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Haber cotizado, al menos, un mínimo de 12 meses durante los 48 meses anteriores al cese de la actividad.
- Que el trabajador esté en una situación legal de cese de actividad.
- No podrá acceder a la pensión de jubilación pues, de lo contrario, no podría recibir la prestación en cuestión.
- No tener deudas con la Seguridad Social.
Asimismo, es importante conocer que existen supuestos en los que la prestación podrá ser suspendida como consecuencia de la existencia de sanciones u otros motivos establecidos en la Ley. También existe la posibilidad de que la prestación se extinga, además de por haber cumplido con el periodo mencionado, por otras causas reguladas legalmente.
Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros, Disyem somos una asesoría especializada en autónomos y pymes.
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